Los perros guía de la ONCE acompañarán a las personas ciegas en los traslados de ambulancia del SUMMA 112

La iniciativa se extiende a todos los perros de asistencia que acompañan a un paciente 

Fecha: 06/02/2023
Miembros del SUMMA 112 junto a una ambulancia y una usuaria de perra guía

Los perros guía de la ONCE podrán acompañar a las personas ciegas en los traslados de ambulancia que realice el Servicio de Urgencia Médica (SUMMA 112), siempre que resulte clínicamente procedente por el estado del paciente.

Así se recoge en el nuevo procedimiento asistencial presentado este lunes, que regula su presencia tanto en UVI móviles o ambulancias de Soporte Vital Avanzado, en el caso de emergencias, como en las de Soporte Vital Básico urgentes y para transporte programado.

La iniciativa parte de la premisa de que la atención sanitaria a un paciente que necesita un perro de asistencia debe garantizar el traslado del mismo junto a su usuario, siempre que sea posible y no suponga riesgo alguno para su atención médica.

Perro guía en ambulancia del SUMMA 112Así, cuando la persona enferma usuaria de perro guía se encuentre en condiciones, acompañará personalmente al perro hasta la ambulancia, mientras que, en caso contrario, un miembro del equipo sanitario se hará cargo del animal, que se situará junto al usuario en la cabina asistencial, debidamente asegurado, o en la cabina de conducción si por las circunstancias clínicas del paciente lo recomiendan. En estas última circunstancia viajaría igualmente protegido y en el suelo, a los pies de uno de los integrantes del grupo, que mantendrá el contacto físico con él en todo momento.

Si se traslada al paciente junto con el perro, el Centro Coordinador del SUMMA 112 avisará al Servicio de Admisión de Urgencias del centro hospitalario receptor del paciente a fin de que activen los circuitos establecidos. Cada centro sanitario establece los protocolos atendiendo a sus particularidades e infraestructuras.

Foto de familia Al acto de presentación han acudido el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero; el director gerente del SUMMA 112, Manuel José Guiote; el delegado territorial de la ONCE en la Comunidad de Madrid, Luis Natalio Royo Paz; la presidenta del Consejo Territorial de la ONCE en la Comunidad de Madrid, Mª Teresa Rodríguez; así como cuatro personas ciegas usuarias de perros guía.

En nombre de todas ellas ha tomado la palabra Conchi Pontón quien, acompañada de su perra guía labraniche Lexa, ha señalado que para una persona ciega “el perro forma una unidad porque es parte de mi, y me da mucha seguridad saber que en un momento de accidente o necesidad de una ambulancia, mi perra puede estar conmigo y va a estar cuidada en todo momento”.  

Tipos de perros de asistencia

Usuarios de perro guía junto a ambulancia Esta novedad se aplica a los denominados perros de asistencia, aquellos que han sido adiestrados para dar servicio a personas con alguna discapacidad, para contribuir a la mejora de su autonomía personal y calidad de vida. Son entrenados por asociaciones o instituciones especializadas y deben contar con una certificación oficial.

Se clasifican en los siguientes tipos: perros guía, adiestrados para acompañar a una persona con discapacidad visual o sordoceguera; perros señal, preparados para avisar a personas con discapacidad auditiva de la emisión de sonidos y su procedencia; perros de servicio, que ofrecen apoyo en actividades de la vida diaria a personas con discapacidad física; perro de aviso o alerta médica, que avisan de una alerta médica a personas con alguna discapacidad y crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de enfermedades específicas, como diabetes, epilepsia u otras patologías orgánicas, y perros para personas con trastornos del espectro autista, entrenados para preservar la integridad física de estos usuarios, controlar situaciones de emergencia y guiarlos.

Usuarios de perro guía junto a consejero de SanidadQuedan excluidos los perros de terapia, utilizados en programas terapéuticos de salud con objetivos definidos, ya que en este caso no forman una unidad de vinculación con la persona a la que ayudan.

Para garantizar el traslado del paciente con su perro de asistencia, se deberá acreditar esta condición a través del carnet de identificación de la unidad de vinculación u otros documentos o distintivos que lo certifiquen. Se tienen en cuenta excepciones como la alergia a los canes en algún miembro del equipo sanitario, signos de evidencia de enfermedad o indicios de falta de salubridad en el propio animal o la existencia de personas que puedan responsabilizarse de la custodia del perro, como familiares, en el caso en el que se prevea un ingreso en un centro hospitalario.

En el diseño y redacción de este procedimiento han participado profesionales sanitarios, técnicos de la Gerencia de Hospitales, de la Dirección General de Humanización y la Fundación ONCE del Perro Guía.

 

 

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