La empresa pública Barcelona Serveis Municipals (BSM) ha sido condenada por despedir a un trabajador tras desarrollar una discapacidad por lumbalgia. La sociedad dependiente del Ayuntamiento de Barcelona consideró que este auxiliar de montaje de eventos en el Fòrum no era ni apto para el puesto ni podía recolocarlo en ningún otro puesto. Cabe recordar que BSM gestiona una panoplia diversa de servicios municipales, como los estacionamientos en vía pública o el Bicing, entre otros, y maneja una plantilla de unos 1.800 empleados. El juzgado de lo social número 34 ha fallado en contra de la empresa pública al considerar que el profesional sí hubiera podido continuar llevando a cabo sus responsabilidades, con adaptaciones, y la ha condenado a indemnizar al damnificado con 3.155,6 euros. Los hechos se remontan a febrero de 2025, cuando la dirección de BSM comunica a Sergi Sánchez que estaba despedido, tal como ya contó en su día EL PERIÓDICO. El argumento alegado fue “ineptitud sobrevenida”, puesto que este trabajador se acababa de reincorporar a su puesto tras ser operado de una hernia discal y estar varios meses de baja. Durante el proceso, la autoridad médica le reconoció una discapacidad del 44% y fue a eso a lo que se agarró la empresa pública para prescindir de sus servicios. La normativa laboral contempla la posibilidad de que una empresa despida de manera legal a un empleado si este sufre algún tipo de enfermedad o dolencia que le impida desarrollar las funciones que hasta entonces venía desempeñando. Pero este, según ha dictaminado un magistrado de primera instancia de Barcelona, no es el caso de Sánchez. “La mera existencia de informes médicos del servicio de prevención no basta para justificar un despido por ineptitud sobrevenida”, recuerda el magistrado, en un fallo al que ha tenido acceso este medio. "BSM trabaja decididamente para favorecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad reconocida que actualmente son el 3,4% del total de la plantilla en todos los ámbitos de la compañía. Además, en los últimos cinco años, la empresa ha llevado a cabo la adaptación del puesto de trabajo por motivos médicos de más de un 15% de las personas trabajadoras", afirma un portavoz oficial de BSM a preguntas de este medio. Sánchez consideró que BSM le "dejó tirado" en su "peor momento" y que no hizo en ningún momento un esfuerzo para adaptar su puesto o reubicarle en uno de los múltiples servicios que gestiona en la ciudad y que pueden desempeñarse sin apenas carga física. También critica lo que considera una hipocresía por parte de la empresa pública, que tiene un acuerdo firmado con la Fundación ONCE para promover el empleo de personas con discapacidad. Puede trabajar La sentencia considera que las limitaciones detectadas por el servicio externo de evaluaciones médicas no son incapacitantes para el puesto y que el trabajador podría haber seguido desempeñando sus funciones, especialmente ayudándose de herramientas auxiliares, como carretillas u otro material de transporte. "El propio profesiograma –el informe del puesto de trabajo realizado por la empresa para describir sus funciones- indica que el puesto de trabajo no requiere de unas condiciones físicas altas ya que el trabajador cuenta con diversos medios auxiliares y de transporte para poder realizar las tareas más demandantes", apunta la sentencia. Es por ello que el magistrado ha fallado con contundencia a favor del trabajador, calificando de improcedente su despido. “Es obvio que no han quedado acreditadas las supuestas inhabilidades del trabajador a la hora de ejecutar fielmente su trabajo”, ha concluido el juez. La sentencia no es firme y sobre la misma BSM ha anunciado que presentará recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).