Tratado de Marrakech

¿Qué es el Tratado de Marrakech?

Leyendo braille

Es un tratado internacional de derechos de autor y derechos humanos impulsado por la Unión Mundial de CiegosAbre Web externa en ventana nueva y negociado dentro de la Organización Mundial de la Propiedad IntelectualAbre Web externa en ventana nueva, adoptado en 2013 y en vigor en la Unión Europea desde el 30 de septiembre de 2016, para facilitar la lectura a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

Este acuerdo permite que las entidades autorizadas puedan intercambiarse ejemplares en formato accesible, para proporcionárselos a sus beneficiarios, sin ánimo de lucro, para el uso personal y exclusivo de estos, siempre que sus países sean parte del tratado y hayan incorporados sus términos a su legislación nacional.

El principal objetivo del Tratado es ayudar a minorar la “hambruna de libros” que padecen las aproximadamente 300 millones de personas ciegas o con discapacidad visual en el mundo, que no pueden acceder a obras publicadas porque no están disponibles en formatos accesibles. 

¿Es la ONCE una entidad autorizada?

braille speakSí. La ONCE Web externaha participado activamente en el impulso y firma del Tratado de Marrakech por parte de España y de la Unión Europea.

A través de su Servicio Bibliográfico (SBO)Web externa -sin ánimo de lucro- proporciona acceso a la lectura a las personas ciegas o con discapacidad visual grave, afiliadas a la Organización, cumpliendo así uno de los requisitos que exige la legislación vigente para ser considerada una entidad autorizada. Estatus que ha sido reconocido expresamente por el  Ministerio de Cultura de España, avalando así su capacidad como entidad autorizada para intercambiar obras en formato accesible con otras entidades autorizadas a nivel nacional e internacional.

La sección Más Descargados dentro de la web de obtención de obras digitales.

¿Quién puede solicitar las obras?

El acceso gratuito a las obras en formato accesible puestas a disposición a través del sitio web marrakech.once.es requiere que, con carácter previo, la ONCE verifique de forma fehaciente que el organismo solicitante tiene la condición de entidad autorizada, según el artículo 2.c) del Tratado de Marrakech y el artículo 31 ter de la Ley de Propiedad Intelectual española.

¿Cómo hacerlo?

La entidad autorizada deberá enviar al Servicio Bibliográfico de la ONCE, a la dirección de correo electrónico , la siguiente documentación:

Manos leyendo un libro en  braille

  • Datos de inscripción en el registro público competente.
  • Tarjeta del número de identificación fiscal, o documento que lo sustituya.
  • Estatutos vigentes, donde se recoja el objeto social, los fines, actividades, etc
  • Consentimiento expreso para recogida y tratamiento de datos personales firmado por el representante de la entidad.
  • Documento gubernamental que respalde la condición de Entidad Autorizada

La ONCE podrá solicitar cualquier otra documentación que, a su juicio, sea precisa para acreditar la condición de entidad autorizada del organismo solicitante. Tras lo cual, le facilitará un nombre de usuario y una contraseña para registrarse en la web Abre Web externa en ventana nuevay poder acceder al servicio.

¿Cómo me puedo beneficiar desde fuera de España?

Cualquier persona residente en un país que haya implementado en su legislación el Tratado de MarrakechWeb externa y que tenga la condición de beneficiario según el tratado puede solicitar a la entidad autorizada a la que pertenece que contacte con el Servicio Bibliográfico de la ONCE para realizar peticiones de obras en formato accesible.

¿Cómo me puedo beneficiar si estoy afiliado a la ONCE?

Una persona ciega leyendo un libro brailleComo hasta ahora, si una persona afiliada quiere disfrutar de una obra editada en otro país y en cualquier idioma, puede seguir solicitándola al SBO. Antes de iniciar su adaptación, el SBO consultará entre los catálogos correspondientes de otras entidades autorizadas, por si ya estuviese adaptada, y, en tal caso, la solicitará a través del sistema del Tratado de Marrakech. En cualquier caso, la obra adaptada por la ONCE u obtenida de otra entidad autorizada a través del Tratado de Marrakech, se pondrá a disposición de cualquier afiliado a través de la Biblioteca Digital ONCE (BDO) o en el formato que se precise.

¿A dónde debo dirigirme si tengo dudas o consultas?

El Servicio Bibliográfico de la ONCE que, en su compromiso para facilitar y fomentar esta colaboración, ha habilitado una oficina para la gestión del sistema de intercambio de obras en formato accesible del Tratado de Marrakech:

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Email:
Tlf.: +34 91 589 42 55
Horario: De 09:00h a 14:00h y de 15:00h a 17:00h CEST

www.marrakech.once.esWeb externa

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